Derecho y obligaciones del porteador, cargador y destinatario

 Los derechos y obligaciones del porteador, cargador y destinatario estaban reguladas en el Código de comercio en el título VII del Libro Segundo que trataba el contrato mercantil de transporte terrestre en la actualidad la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías hace las siguientes puntualizaciones sobre los derechos del destinatario en su artículo 35. El destinatario podrá ejercitar frente al porteador los derechos derivados del contrato de transporte desde el momento en que, habiendo llegado las mercancías a destino o transcurrido el plazo en que deberían haber llegado, solicite su entrega.

El destinatario que se prevalga de lo dispuesto en el apartado anterior estará obligado a hacer efectivo el precio del transporte y los gastos causados o, en caso de disputa sobre estos conceptos, a prestar la caución suficiente.

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