Coordinadora también pide que se reconozca la especificidad de los CPE en la ley de ETTs

23/03/2018 DIARIO DEL PUERTO

En línea con lo planteado por la patronal ANESCO, las alegaciones del sindicato mayoritario de estiba, Coordinadora, al proyecto de real decreto de desarrollo reglamentario de la reforma de la estiba también ponen el énfasis en que la ley de empresas de trabajo temporal (ETTs) debe reconocer las especificidades de los Centros Portuarios de Empleo (CPE), sobre todo, según las peticiones de Coordinadora, en lo relativo a los contratos de trabajo y, en concreto, al contrato de puesta a disposición.

Coordinadora propone que el reglamento contemple las pertinentes excepciones para los Centros Portuarios de Empleo en el ámbito de la ley de ETTs sin perjuicio de la apertura de un proceso de negociación y diálogo con sindicatos y empresas para adaptar la propia ley de empresas de trabajo temporal a las particularidades de los CPE, derivadas, según insiste el sindicato, del hecho de que hablamos de entidades constituidas por empresas estibadoras para prestar mano de obra a las propias empresas estibadoras y no sólo para el servicio portuario de manipulación de mercancías, sino también, como incide el sindicato, para aquellos servicios comerciales portuarios y las consiguientes actividades complementarias autorizadas.

Más allá de esta cuestión, las alegaciones de Coordinadora insisten en reclamar la ampliación en un año de los periodos transitorios y no sólo para tener margen para negociar los convenios colectivos de acuerdo con el nuevo reglamento y para hacer efectivo el mínimo de 75% de contratación de las SAGEP.

Coordinadora también recuerda que, tras agotarse ya casi un año desde la entrada en vigor de la reforma de la estiba y al no estar listo aún el reglamento, ha quedado restringido el acceso a los potenciales beneficiarios de las ayudas para trabajadores cuyos puertos a 31 de diciembre de 2016 tenían un nivel de ocupación inferior al 85%. “Se afecta negativamente y en mayor medida a los trabajadores que prestan servicios en los puertos con mayor excedente de plantilla”, incide el sindicato.

Otra cuestión en la que también coincide Coordinadora en sus demandas con la patronal ANESCO es en la de solicitar la ampliación del ámbito de las ayudas por prejubilación tanto al personal administrativo de las SAGEP como a los trabajadores en relación laboral común.

Por último, es muy significativa la alegación referente a cuál debe ser el ámbito convencional en el que se tienen que plasmar los acuerdos de ámbito laboral relativos a las medidas de flexibilidad.

El proyecto de reglamento, en consonancia con el acuerdo propuesto por el mediador, incluido en el mismo, recoge que dichas medidas deben incorporarse el acuerdo sectorial estatal. Con todo, para Coordinadora esto supone “limitar la libertad sindical y la negociación colectiva”.

Uniformidad
Durante el proceso de negociación con la patronal, Coordinadora y ANESCO, según el sindicato, advirtieron que, “salvo en los criterios generales, no existe uniformidad en las medidas para su aplicación en todos los puertos” y, en consecuencia, se ha optado “por convenir su concreción y determinación” en el convenio de cada enclave.

Coordinadora pide que se respete este acuerdo así como el “derecho de las partes a determinar el ámbito y contenido que consideren convenientes dentro del respeto a la legalidad vigente sobre legitimación, ámbitos y contenido de los convenios colectivos”.

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