Hay que sustituir la interpretación defensiva que se hace de la CAE por una interpretación inteligente

11/01/2019 AEUTRANSMER

Ésta fue la recomendación que hizo F. Javier Pinilla García, Director del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) en la reunión mantenida ayer con representantes de cargadores y transportistas y con la asistencia de Alicia Rubio, Subdirectora de Inspección de la Dirección General de Transporte del Ministerio de Fomento. El objetivo de la reunión era el de solicitar a ese instituto, con competencias para realizar interpretaciones de la Normativa sobre prevención de riesgos laborales, la redacción de una Nota Técnica de Prevención que aclarara diferentes cuestiones del Real Decreto 171/2004 sobre Coordinación de Actividades Empresariales, que son específicas para la actividad de carga y descarga de mercancías.

Si bien la opinión del Director respecto a la dificultad de adaptar la CAE al sector del transporte no difiere de la realizada por la Subdirectora de Ordenación normativa del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Consolación Rodriguez, en cuanto a que el R.D. es lo suficientemente flexible como para adaptarse a cualquier situación empresarial, también reconoció que había una tendencia creciente a “blindarse con papeles” olvidando la seguridad real. A este respecto, Pablo Orofino Vega, Subdirector Técnico del INSST, recordó que la ley únicamente exige dos documentos: la acreditación de la evaluación de riesgos y la acreditación de la formación e información y, aun así, la jurisprudencia en la materia demuestra que no se sentencia nunca en base a la existencia o no de documentación.

Recomendó el Subdirector que contactáramos con PRL Innovación, asociación/foro integrado por organismos públicos y grandes empresas, en la que se trabaja en diferentes ámbitos para promover la cultura de innovación en el campo de la prevención.

Finalmente el INSST se prestó, siempre dentro de sus competencias, a ayudarnos a clarificar los procedimientos de CAE en el transporte, para lo cual se acordó establecer la siguiente hoja de ruta:

  1. Consensuar entre cargadores y transportistas un conjunto de ejemplos representativos de situaciones comunes de Coordinación de Actividades Empresariales en el sector;
  2. La Interpretación técnica por parte del INSST de los requisitos de la CAE para esas situaciones;
  3. La celebración de una jornada divulgativa con la participación del INSST.
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