¿Qué es el IRI?

El IRI es el nuevo “Índice de Reiteración Infractora”, que ha entrado en vigor para toda persona física o jurídica que actúa en el ámbito del transporte. Cuando el IRI llega a igualar o superar el nivel “3”, automáticamente se produce la pérdida de la honorabilidad.

Para el transporte de mercancías, el IRI se calcula según la siguiente fórmula IRI = I + (i / 3) si el infractor no es titular de una autorización de transporte. Si el infractor es titular de una autorización la fórmula es IRI= [I + (i/3)] / V

“I”es el número de infracciones señaladas en el apartado B del anexo I del ROTT (hasta 46), que se computan específicamente para este factor del IRI dada su mayor relevancia, cometidas por una persona en un plazo igual o inferior a 365 días y que hayan sido sancionadas mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa.

“i” es el número de infracciones señaladas en el apartado C del anexo I del ROTT (hasta 40), que se computan específicamente para este factor del IRI dada su menor relevancia, cometidas por una persona en un plazo igual o inferior a 365 días y que hayan sido sancionadas mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa.

Y “V” es el número medio de vehículos adscritos a la autorización de transporte de mercancías de la que era titular la persona de que se trate durante los 365 días anteriores a la comisión de la última de las infracciones tenidas en cuenta para calcular los factores “I” e “i” del IRI.

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