El TJUE declara ilegal la tasa alemana por usar autopistas por discriminación

19/06/2019 EL DIARIO

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio este martes la razón a Austria y sentenció que la tasa introducida por Alemania para los vehículos que usan sus carreteras federales es contraria al Derecho comunitario porque discrimina entre los vehículos alemanes y los de otros países.

Alemania puso en marcha en 2015 el marco jurídico para introducir una tasa para los turismos que circulen por sus carreteras federales, incluidas las autopistas, que se abonará en forma de viñeta anual en el caso de los vehículos registrados en Alemania y temporal para los vehículos matriculados en el extranjero.

Ahora bien, la norma prevé que los conductores alemanes puedan después desgravarse la totalidad de la tasa – que será de máximo 130 euros al año – en el impuesto de circulación, con lo que en la práctica recuperarían el dinero abonado.

Esto llevó a la vecina Austria a recurrir la medida ante la justicia europea por considerar que supone una discriminación por razón de nacionalidad, ya que los conductores de otros países no tienen posibilidad de desgravarse lo pagado.

El TJUE falló a favor de Austria y sentenció que la tasa «es discriminatoria porque, en la práctica, su carga económica recae únicamente sobre los propietarios y conductores de vehículos matriculados en Estados miembros distintos de Alemania», ya que Berlín «compensa íntegramente» la tasa abonada por los vehículos registrados en Alemania, según indicó en un comunicado.

Berlín, añade, no ha demostrado en qué medida esta discriminación podría estar justificada por razones medioambientales o de otro tipo.

El Tribunal señala que el peaje planeado por Alemania supone además una «vulneración de los principios de libre circulación de mercancías y libre prestación de servicios».

La Corte considera que la medida puede obstaculizar el acceso al mercado alemán de productos procedentes de otros Estados miembros al aumentar los costes de transporte y, por consiguiente, el precio de los mismos.

Asimismo, podría aumentar el coste de los servicios prestados en Alemania por operadores de otros Estados miembros, que no pueden desgravarse la tasa, así como el coste que pagan los ciudadanos de otros países para desplazarse a Alemania a recibir servicios.

Tras la sentencia, Alemania tendrá que ajustarse a lo dispuesto por el Tribunal con la mayor brevedad posible o, de lo contrario, la Comisión Europea podría proponer que se le imponga una sanción pecuniaria.

La tasa alemana, cuyo objetivo era financiar las infraestructuras a través de contribuciones de los usuarios en lugar de con impuestos, aún no ha entrado en vigor.

En cuanto los montantes previstos, los vehículos matriculados en Alemania tendrían que utilizar una viñeta anual, por un máximo de 130 euros, y los de fuera optar por una de diez días (entre 2,5 y 25 euros), dos meses (entre 7 y 50 euros) o un año (130 euros máximo).

Este es uno de los raros casos en los que un Estado de la UE lleva a otro ante el TJUE, que además se ha desviado de la línea marcada por el Abogado General que pidió desestimar el recurso de Austria, también en contra de lo habitual.

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