El Tribunal Supremo avala por segunda vez la acción directa que faculta al transportista a reclamar el pago al cargador

26/07/2019 TRANSCAMIÓN

El Tribunal Supremo considera que el cargador principal sigue siendo el responsable del pago al conductor aunque hubiera a su vez pagado al intermediario a través del que contrató el servicio de transporte.

El Tribunal Supremo avala por segunda vez la acción directa por la que el conductor puede reclamar el precio del porte impagado contra el contratista principal, incluso aunque este ya hubiera pagado al intermediario. Esta acción directa se introdujo en la última reforma de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres aprobada en 2013.

La acción directa pretende favorecer la transparencia y el control en la subcontratación en el sector del transporte por carretera, aportando al conductor una garantía del cobro y limitando la subcontratación. Sin embargo, algunas empresas han tratado de desactivar esta medida.

El Tribunal Supremo ha fallado ya por dos veces en favor de la acción directa. La primera vez fue en el año2017. Y recientemente la ha vuelto a avalar mediante la sentencia 13178/2019. En esta sentencia el Tribunal Supremo considera la acción directa como «una garantía en favor de los transportistas finales, como parte económicamente más débil de la cadena de transporte”, que se concede “en favor del que efectivamente ha realizado los portes frente a todos aquellos que conforman la cadena de contratación hasta llegar al cargador principal».

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