El Brexit enfila su desenlace definitivo con 11 meses de normalidad transitoria para la carga

27/01/2020 DIARIO DEL PUERTO

El Brexit se encamina esta semana hacia su desenlace definitivo. Quedan las últimos trámites administrativos para que a partir del 31 de enero Reino Unido abandone la Unión Europea. Eso sí, para las mercancías da comienzo a partir de este viernes un periodo transitorio de once meses en el que seguirá rigiendo el actual principio de “libre circulación”.

El pasado jueves el Parlamento Británico ratificó el acuerdo de retirada y a continuación la Comisión de Asuntos Constitucionales del Parlamento Europeo votó a favor de una recomendación positiva con respecto a dicho acuerdo, quedando ya solamente el último trámite de la votación en el Pleno del Parlamento, que está prevista para este miércoles.

De esta forma, el Brexit entra en la recta final de su desenlace definitivo, si bien operativamente no va a haber efectos de momento desde el punto de vista del intercambio comercial y el transporte de mercancías.

Tal y como ha informado el Ministerio de Industria Comercio y Turismo, a partir del próximo sábado 1 de febrero y hasta el 31 de diciembre del presente 2020 se inicia un periodo transitorio que, “si bien podría prorrogarse uno o dos años más, Reino Unido ha manifestado su intención de no ampliar”.

Por tanto, durante los próximos 11 meses se inicia un periodo de normalidad transitoria en el que el comercio bilateral con Reino Unido va a desarrollarse “en las mismas condiciones que las actuales”, asegura el Ministerio de Industria y Comercio.

Es decir, para los distintos operadores no va a haber ningún cambio ni desde el punto de vista aduanero ni desde el punto de vista fiscal o regulatorio, aplicando Reino Unido toda la normativa al respecto de la Unión Europea.

De esta forma y en lo que se refiere específicamente al intercambio de mercancías, hasta el 31 de diciembre “Reino Unido seguirá formando parte del Territorio Aduanero de la UE y del Mercado Único, por lo que en consecuencia va a continuar la libre circulación de mercancías”, afirma el Ministerio.

Por esta razón, “no habrá cambios en el estatus de origen de los productos, por lo que las empresas podrán seguir beneficiándose de las preferencias arancelarias de los acuerdos suscritos por la UE en iguales condiciones. Por tanto, la UE notificará a los países afectados que, durante este periodo transitorio, el Reino Unido deberá seguir siendo tratado como estado miembro a efectos de estos acuerdos”, recuerda el Ministerio de Industria y Comercio.

¿Y a partir del 1 de enero de 2021?
Una vez concluya el periodo transitorio de once meses, el intercambio y logística de mercancías entre la Unión Europea y Reino Unido estará en función de los acuerdos que se establezcan.

Es decir, a partir del 1 de enero de 2021 Reino Unido dejará de tener obligación de aplicar la normativa de la UE y entrará en vigor el acuerdo comercial que ambas partes alcancen.

Según el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, si no hubiera acuerdo, Reino Unido tendría el mismo trato que otros países de la Organización Mundial del Comercio con los que la Unión Europea no tiene acuerdo preferencial.

En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2021 el Ministerio recuerda que para la exportación e importación de mercancías comenzará la necesidad de realizar todos los trámites aduaneros y no aduaneros requeridos para un país tercero.

No hay que olvidar también que con o sin acuerdo comercial, tras el periodo transitorio, Reino Unido quedará fuera de la UE a todos los efectos y será un país tercero a todos los efectos tanto en comercio de bienes como en servicios, puesto que sus productos dejarán de tener el estatus de originarios de la UE.

Quedan 11 meses por delante, por tanto, para que la UE y Reino Unido firmen ese nuevo tratado comercial.

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