Compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías

22/06/2020 AEUTRANSMER

El Real Decreto 552/2020, de 2 de junio, recoge los requisitos sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.

Este R.D. tiene como objetivo la aclaración de conceptos y el contenido de algunos artículos de la normativa anterior, siendo una de las novedades la ampliación de la compensación del transporte aéreo a todos los productos agrícolas canarios, a semejanza de lo previsto en el real decreto que regula la compensación al transporte de mercancías industriales. En cuanto a los productos de alimentación para el ganado, se actualizan y se exige una declaración responsable relativa a su finalidad. Por otro lado, las operaciones que no se consideran transformación se actualizan y se establece que se interpretarán de conformidad con el nuevo Código Aduanero de la Unión.

Se incorporan también condiciones para ser beneficiario de la compensación (desarrollar la actividad económica en las Islas Canarias, pagar el transporte y no repercutir los costes del transporte a terceros), haciéndose mención, no solo a los casos FOB, sino también a los casos CIF. Finalmente, las obligaciones de los beneficiarios se unifican y se explican mejor.

Otro objetivo de la norma es mejorar los trámites administrativos y reducir las cargas administrativas con las mismas garantías jurídicas, en aras a una Administración Pública más eficaz y eficiente. En concreto, se profundiza en la regulación de los transportes en los que participa un transportista intermediario y en los transportes en régimen FOB y CIF. Además, se admiten las certificaciones bancarias como justificantes de pago. Por último, se incorporan instrucciones para presentar las solicitudes.

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