¿Tiene responsabilidad el cargador en el caso de que un conductor no esté en posesión del CAP?

La LOTT tipifica como infracción muy grave la realización de transportes públicos o privados utilizando conductores que carezcan del certificado de aptitud profesional o de la tarjeta de cualificación (CAP) en vigor. Aunque la ley no lo recoge expresamente, la Subdirección General de Normativa del Ministerio de Fomento nos aclara que la responsabilidad por este incumplimiento recae sobre la empresa transportista y, en ningún caso, sobre el cargador.

Únicamente hay una infracción muy grave de tipo “administrativo” en la que sí tiene responsabilidad el cargador, y es en el caso de contratar transportistas u operadores de transporte que carezcan de la autorización administrativa para operar en el mercado.

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