Fomento promueve modificación revolucionaria del Decreto regulador de la formación CAP

12/12/2019 NEXOTRANS

Hasta el año 2008, para conducir un camión o un autobús en España solo se exigía haber obtenido el permiso de conducir correspondiente. Sin embargo, con la aprobación del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, se introdujo en España la normativa europea, concretamente la Directiva 2003/59, que establecía que para conducir un camión o un autobús, además de los carnés C o D era necesario obtener el llamado CAP o Certificado de Aptitud Profesional.

La formación inicial en el CAP debe renovarse cada cinco años mediante una formación CAP de reciclaje o continúa

El CAP consiste en una formación obligatoria en un centro autorizado, de 140 o 280 horas de duración, que deben obtener todos los conductores de camión o autobús que se hayan obtenido o vayan obtener el permiso de conducir vehículos. Esta formación inicial en el CAP debe renovarse cada cinco años mediante una formación CAP de reciclaje o continúa. En este sentido, el Ministerio de Fomento ha elaborado un proyecto de Real Decreto de modificación de la regulación aprobada en 2007, a fin de acomodarlo a la Directiva europea 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/59 antes citada.

Son varios los objetivos que ha perseguido el Ministerio de Fomento con este proyecto revolucionario.

Entre ellos destacan los de revisar la lista de actividades de conducción que estarían exentas de poseer el CAP, actualizar el contenido de la formación con la finalidad de hacer mayor hincapié en temas de seguridad vial, conducción eficiente desde el punto de vista del consumo de carburante, condiciones meteorológicas extremas y operaciones especiales de transporte, la posibilidad de introducir la formación online y la convalidación parcial de otras formaciones sectoriales. Así, entre las principales novedades que incluye el proyecto de Real Decreto, y que obligarán a los Centros que en la actualidad imparten este tipo de formación una reestructuración muy importante, cabe citar las siguientes:

  • Se eximirá de la obligación de poseer la titulación CAP a los conductores profesionales que conduzcan vehículos con autorización de transporte privado complementario, lo que representa aproximadamente un 30% de la flota actual de transporte pesado en España.
  • Se exigirá tanto en el CAP inicial como en el CAP de renovación que la formación sea tanto teórica como práctica, ya sea en vehículo o en un simulador de conducción.
  • El curso CAP de renovación se compondrá de un módulo común de 21 horas de formación, más otros módulos optativos en materias diversas (tacógrafo, carga y estiba, mercancías peligrosas, sensibilización y educación vial) hasta completar las 35 horas de formación.
  • Los alumnos que acrediten haber hecho en los últimos 12 meses un curso de formación sectorial (ADR, transporte de animales y otros) tendrán derecho a una convalidación parcial del curso CAP de renovación.
  • Asimismo, a los alumnos que hayan realizado el certificado de profesionalidad como conductor de camión o autobús se les eximirá de realizar la formación en el CAP inicial, si bien deberán realizar el examen oficial para obtener el certificado CAP.
  • Se contempla la posibilidad de que una parte de las materias formativas que comprenden el CAP inicial se impartan en modalidad de teleformación, aproximadamente un 15% del total de horas lectivas. Asimismo, se prevé que los Centros puedan impartir la formación en Aulas Móviles.
  • Los Centros de Formación que impartan cursos CAP deberán instalar un sistema de control biométrico para verificar la asistencia real de los alumnos al curso.

Consulta

Se estima que, una vez el proyecto haya sido sometido a consulta tanto de las asociaciones de transporte que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera y de las Comunidades Autónomas, el nuevo Real Decreto entre en vigor a mediados del próximo año.

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