El Gobierno redobla las interpretaciones para aclarar qué pasa con la logística en el RDL

01/04/2020 DIARIO DEL PUERTO

Ministerios, patronales, operadores, cargadores, abogados, todos los agentes implicados en el sector logístico se afanaron ayer en intentar aclarar qué se quiso regular el domingo para el sector del transporte y la logística en el nuevo real decreto de confinamiento. A la mañana, las patronales divergían entre las que entendían que todo el transporte estaba preservado y las que advertían que nada que no fuera esencial podía ser transportado ante la obligatoriedad de cerrar las industrias, incluidas sus instalaciones logísticas. A la tarde, tuvo que salir a la palestra el Ministerio de Transportes para reiterar que «todo el transporte es esencial», mientras que el Ministerio de Industria aclaró que se puede realizar «toda actividad relacionada con la import-export», interpretaciones que llevaron la tranquilidad al sector sin, eso sí, ser del todo clarificadoras.

Ayer, a primera hora de la mañana, tras digerir durante todo el lunes el nuevo real decreto, la patronal de empresas cargadoras Aeutransmer, consultada por Diario del Puerto, entendía que el transporte está garantizado “punto a punto” y eso incluía , a su juicio, los almacenes de los clientes, tanto externalizados como propios.

En este sentido, Aeutransmer había trasladado a última hora del lunes diversas cuestiones al gabinete de crisis del Ministerio de Transportes en torno a este asunto y la respuesta, a su juicio, había sido clara: “Se considera que pueden continuar la actividad, sin otorgar permisos retribuidos a los trabajadores, todas aquellas empresas que realizan los transportes permitidos desde la declaración del estado de alarma. No existe limitación de la actividad de transporte de mercancías por parte del Real Decreto-ley, sin perjuicio de la que indirectamente se pueda producir en la actividad de determinadas empresas transportistas por la paralización de la actividad de sus clientes incluidos en el ámbito de aplicación de la norma”.

Ahora bien, es esta cuestión de la “paralización de la actividad de los clientes” la que generaba a primera hora enorme controversia. No había duda en ninguna patronal que todas las actividades de transporte y todas las actividades de los nodos logísticos intermedios, sean naves, almacenes o sean puertos, aeropuertos o terminales ferroviarias, están garantizadas como parte de la cadena de abastecimiento.

Donde surgía el debate es en torno a los almacenes de las industrias y clientes finales de productos que no son de primera necesidad y deben estar cerradas. Aeutransmer consideraba que esos puntos de entrega y expedición de la mercancía pueden estar abiertos.

En cambio, desde la Confederación Empresarial de Transportes de Mercancías (CETM), desde la patronal Fenadismer, e incluso desde la patronal UNO se afirmaba por la mañana que las industrias debían permanecer cerradas en su totalidad, incluidos sus almacenes logísticos propios, por lo que, como señalaron fuentes de CETM, el transporte de la mercancía se podía hacer perfectamente, pero cuando uno llega a la puerta del cliente final, ésta necesariamente por el real decreto tendría que estar cerrada. Lo mismo para recoger una carga, pues la industria no podría expedir la mercancía pues no podía estar abierta.

Toda cadena logística se entendía que podía continuar, sea marítima, aérea, intermodal, pero se rompía a juicio de estas patronales en la recogida y entrega final, limitándose por tanto enormemente la mercancía que realmente se puede transportar.

Por la tarde, la Dirección General de Transporte Terrestre emitió una nota informativa en la que reiteraba las palabras del lunes de la secretaria general de Transportes a Diario del Puerto

Ante estos criterios tan intrincados, desde el Gobierno y desde primera hora de la tarde, se redoblaron los esfuerzos para intentar resolver el entuerto del real decreto.

Por un lado, como se detalla ampliamente en el recuadro adjunto, el Ministerio de Industria aclaró que queda fuera del nuevo confinamiento todas las actividades ligadas con la import-export.

Por otro, la Dirección General de Transporte Terrestre emitió una nota informativa en la que reiteraba las palabras del lunes de la secretaria general de Transportes a Diario del Puerto.

En este sentido, en la nota se señaló que «ante la problemática que se está planteando sobre los criterios a aplicar en materia de transportes de mercancías como consecuencia de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno por el Real Decreto-ley 10/2020, hay que señalar que el transporte de mercancías se considera actividad esencial, por lo que no hay restricción alguna».

«Los trabajadores de transporte no están obligados a cogerse el permiso retribuido recuperable, no obstante, si habitualmente trabajan para un sector específico de actividad que no es esencial, podrían acogerse a él. Así, pues, indicar que no existe prohibición alguna que impida el transporte de mercancías», se señaló desde la Dirección General, insistiéndose en el traslado de esta recomendación a las policías locales y fuerzas y cuerpos de seguridad del estado para evitar sanciones.

Ante esta afirmación, las patronales UNO, Fenadismer, CETM o Aeutransmer salieron a última hora de la tarde en bloque ante la opinión pública para reforzar esta idea de que todo el transporte estaría permitido en el nuevo RDL «sin restricción».

Garantizada la import/export

En un intento por aclarar el alcance real del nuevo real decreto ley de confinamiento y sus implicaciones en el transporte y la logística, el Ministerio de Industria emitió por la tarde una nota aclaratoria en la que aseguraba que:

«También quedan exceptuadas las personas trabajadoras respecto de las actividades de importación y exportación de todo tipo de productos, bienes y materiales, en la medida en que se configuran como clave del abastecimiento o del cumplimiento de compromisos de contratos internacionales».

En un sentido amplio, el sector en su conjunto interpretó que queda garantizada por tanto toda actividad de una empresa vinculada con la import-export, incluida la logística de las industrias.

Ahora bien, dada la amplitud del concepto import-export, fuentes jurídicas consultadas por este Diario, seguían considerando esta redacción confusa.

Es más, apoyándose en esta vaguedad, en esa misma nota aclaratoria se señalaba que las actividades industriales sometidas al permiso retribuido y por tanto al cese de actividad «podrán mantener una actividad mínima imprescindible (mediante turnos de trabajo o número mínimo de plantilla)», afirmándose que bien podría ser esto de la «actividad mínima» una vía para que las industrias sigan teniendo habilitadas sus actividades logísticas y así permitir la recepción y expedición de mercancía, garantizando el transporte en toda su dimensión.

¿Hacen falta certificados?

Una de las cuestiones que más preocupó ayer al sector logístico fue el tema de los certificados de mercancía esencial. Desde la patronal Aeutransmer se había comenzado a recomendar a los cargadores desde la tarde del lunes que, cuando proceda, se expidan certificados de mercancías esenciales para acompañar a la carga en el transporte. Según Aeutransmer, de acuerdo con el punto 1 del Anexo del nuevo real decreto, todo tipo de transporte está garantizado por lo cual dichos certificados no son necesarios. Ahora bien, como en los siguientes puntos del anexo se hace referencia a las mercancías esenciales, en ese caso se estaba recomendando que se porten ante las posibles exigencias por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

Desde la patronal CETM se puso de manifiesto a este Diario que dichos certificados ni son necesarios ni están regulados, ni su ausencia debe ser motivo de sanción. Ahora bien, se subrayó que, como toda actividad de transporte está permitida, es al cargador a quien le corresponde garantizar que la mercancía igualmente está permitida. “Son nuestros cargadores quienes mejor conocen si un transporte puede llevarse a cabo”, por lo que en opinión de CETM, la práctica del certificado “debería se obligatoria”.

Para Fenadismer, en cambio, el certificado sólo “crea burocracias innecesarias y sólo contribuye a ralentizar la actividad”.

Sin más interés que acotar la “responsabilidad”

Tras la firme posición de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), a lo largo del lunes y toda la mañana del martes, de que en la práctica únicamente se pueden transportar en las actuales circunstancias productos de primera necesidad, o bien que sirvan para fabricar productos de primera necesidad o bien para atender actividades de primera necesidad, muchas fueron las voces que se alzaron para cuestionar esta interpretación restrictiva y demandar una mayor defensa de la plena operatividad del sector.

En esta línea, fuentes de CETM negaron a Diario del Puerto que esta interpretación obedeciera a un deseo de las empresas de verse afectadas por el estado de alarma para poder acogerse a ERTEs por fuerza mayor o a los permisos retribuidos.

Según CETM, la única intención es aportar claridad para garantizar plenamente aquellos transportes realmente permitidos, además de que quede perfectamente determinado que como el transporte en sí mismo está permitido, por tanto es el cargador el responsable de que la mercancía que se transporta esté permitida, no pudiéndose en ningún momento ni sancionar ni exigir responsabilidades al transportista.

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