La OMI avanza en la descarbonización marítima

21/06/2021 TRANSPORTE XXI

A partir del 1 de enero de 2023 entrarán en vigor el l índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes (EEXI) y el indicador de intensidad de carbono operativo anual (CII).

La Organización Marítima Internacional (OMI) ha adoptado nuevas medidas obligatorias para avanzar en la descarbonización de las flotas, a través de la entrada en vigor, a partir del 1 de enero de 2023, del índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes (EEXI) y del indicador de intensidad de carbono operativo anual (CII).

El Comité de Protección del Medio Marino de la OMI (MEPC 76) adoptó, en una reciente reunión, enmiendas al Anexo VI del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Marpol), que exigirán que los barcos reduzcan sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

Las nuevas medidas aprobadas coinciden en el tiempo con la reciente incorporación de Argentina al Convenio Marpol, que supone alcanzar el centenar de Estados adheridos, y sumar el 96,65 por ciento del tonelaje de la marina mercante mundial.

El índice EEXI clasifica la eficiencia energética de los buques a partir de 400 GT con varias escalas (A, B, C, D, E), donde A es la mejor. La OMI apoya que las administraciones, autoridades portuarias y otras partes interesadas proporcionen incentivos a los buques calificados como A o B, enviando también una señal contundente al mercado y al sector financiero.

Este sistema de clasificación impulsará que un buque con calificación D durante tres años consecutivos, o E, presente un plan de acción correctiva, para mostrar cómo se lograría el índice requerido (C o superior).

La OMI también adoptó diversas medidas técnicas y operativas combinadas, denominadas medidas de intensidad de carbono a corto plazo, en línea con el objetivo de reducir la intensidad de carbono del transporte marítimo internacional en un 40 por ciento para 2030, en comparación con 2008.

La propuesta para establecer un gravamen obligatorio de 100 dólares por tonelada equivalente de dióxido de carbono sobre el fueloil pesado será considerada más a fondo en una próxima reunión del grupo de trabajo de la OMI.

Finalmente, el MEPC adoptó enmiendas al Anexo I del Marpol (adición de una nueva regla 43A) para introducir una prohibición del uso como combustible de fueloil pesado (HFO) por buques en aguas árticas a partir del 1 julio de 2024.

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